ME PRESENTO. CONSTITUYO DOMICILIO. PROMUEVO DEMANDA DE DESALOJO POR INTRUSIÓN. PETICIONO EL RECONOCIMIENTO JUDICIAL PREVIO. OFREZCO PRUEBA.-
Señor Juez:
a V.S. respetuosamente me presento y digo:
I. ACCIÓN Y DEMANDADOS.
Vengo a promover juicio de desalojo por
intrusión, contra los ocupantes ilegítimos del inmueble sito en XXXXXX, contra
cualesquiera otros que resulten de la diligencia previa de identificación que
se peticiona en el capítulo IV, apartado 6 del presente, a fin de la correcta
integración de la litis.
II. ANÁLISIS DE LOS HECHOS.
1.
Legitimación Activa.
Como lo acredito con la documental que
acompaño, consistente en escritura de
donación con reserva de usufructo del
inmueble de la calle XXXX y con el certificado de dominio que se acompaña, ambos instrumentos
evidencian que yo soy el titular dominial (propietario) del inmueble objeto de esta acción.
2. Ocupación ilegítima.
2.1.
Con fecha XXXX pude advertir que el inmueble pre individualizado fue ocupado
por intrusos, aprovechando que el mismo se encontraba desocupado, ocupándolo ilegítimamente. Por tal circunstancia resulta imposible a
esta parte, precisar el método utilizado por los intrusos para introducirse en
el inmueble. En diversas oportunidades,
luego de radicar la denuncia me dirigí al domicilio a hablar con los intrusos, a fin de poder
identificarlos y arribar a alguna solución, pero éstos se han negado
enfáticamente a dar cualesquiera explicaciones sobre su permanencia en dicho
inmueble y menos aún identificarse.
Debido a la peligrosidad de ciertas personas que allí se encuentran, ha
resultado imposible ingresar al inmueble y menos aún, saber quiénes y cuántos
son los ocupantes, habiendo sido informados por
parientes que viven la zona, que la persona que ejerce el control del
inmueble y se encuentra permanentemente en él,
son los demandados.
3.
Realidad Fáctica Jurídica.
3.1.
De lo expuesto, se desprende sin duda alguna que los ocupantes ilegítimos
(demandado en estos actuados) son meros intrusos, que carecen de título alguno
que justifique su permanencia en la finca, quienes –ilegítimamente–se han
introducido en la propiedad, aprovechando, como se dijo supra, que ella se encontraba
desocupada.
3.2. La mencionada ocupación, ilegítima y
clandestina, como se referencia más adelante y surge de las actitudes adoptadas
por los intrusos, no es otra cosa que la reiteración de hechos idénticos al
presente, cuyo auge es de dominio público; modalidad ésta ilícita que, como lo
sostiene la jurisprudencia del fuero, revela “prima facie” una acción
orquestada dirigida por terceros a la que muy posiblemente no puedan ser ajenos
los propios intrusos.
3.3. La conducta de los intrusos cercenándome
el uso, goce y libre disponibilidad material del inmueble, mediante las vías de
hecho y el mantenimiento “sine die” de tal situación, convierten
inexorablemente en irreversibles los perjuicios que la misma me está
provocando; por ello que, la demora en el dictado de la sentencia haciendo
cesar esa CONDUCTA DAÑOSA (inevitable retardo propio de la compleja actividad
jurisdiccional) no sólo premia a los ocupantes ilegítimos (su finalidad es
permanecer el mayor tiempo posible en el bien intrusado), sino que agrava aún
más los efectos del ilícito, coadyuvando además, a lesionar mis intereses como
propietario damnificado, del Estado –en tanto su indeclinable interés en
mantener el imperio del derecho objetivo– y de la comunidad toda, en cuanto le
interesa la composición justa del litigio. 3.4. Atento lo sucintamente
expuesto, deviene incontestable mi derecho a promover la presente demanda de
desalojo –dada la legitimidad de mi título y como contrapartida, la
ilegitimidad de los intrusos para continuar permaneciendo en el inmueble de mi
propiedad– y pedir de V.S. el inmediato lanzamiento de los ocupantes una vez
que: a) quede trabada la litis; b) sea ofrecida la caución; y c) se acredite el
peligro en la demora, todo conforme lo determina el art. 676 bis CPCCBA. Con
costas.
III. ENTREGA DEL INMUEBLE.
Sin perjuicio de la tramitación de este
juicio, conforme el procedimiento normado en el Libro IV, Titulo VII, de la
ritual, pido que oportunamente se disponga la inmediata entrega del inmueble
intrusado a mi persona (art. 676 bis CPCCBA), que soy su legítimo titular, en
los términos y con los alcances de lo prescripto por dicha normativa.
IV. PRUEBA.
En abono de mis derechos ofrezco las
siguientes medidas probatorias:
1. CONFESIONAL.
Se cite por el Juzgado a los demandados a
absolver posiciones y reconocer documentos bajo apercibimiento de ley.
2. INSTRUMENTAL.
2.1. Fotocopia de escritura
2.2. Informe dominical del Registro de la
Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.
2.3. Denuncia radicada ante la Estación de
Policía Comunal
3. PERICIAL CALIGRÁFICA, SCOPOMÉTRICA Y
QUÍMICA.
En primer lugar pido esta pericia para el
caso que los intrusos acompañen a este expediente documentación cuya firma y/o
texto se me atribuya a mi y no fuere expresamente reconocida por mí y/o por
ella. El Sr. perito determinará: autenticidad de firmas y textos;
contemporaneidad de escrituras entre fechas, textos y firmas; asimismo señalará
si los documentos presentan alteraciones de algún tipo como enmiendas,
raspaduras, lavados, etc.; determinará todo otro elemento que según su criterio
profesional considere de interés para dilucidar esta causa. En segundo término,
pido que el Sr. perito verifique la autoría y autenticidad de la documentación
presentada por esta parte, que sea maliciosamente desconocida por los intrusos.
4. INFORMATIVA. Subsidiariamente para el
supuesto que V.S. así lo considere, pido se libre oficio al señor Director del
Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires a efectos
que, por donde corresponda, dicha repartición informe con relación a la
titularidad dominial del inmueble
5. TESTIMONIAL. Ofrezco declaración
testimonial de las personas siguientes:
6. RECONOCIMIENTO JUDICIAL PREVIO.
6.1. Se disponga el reconocimiento
judicial, previo al traslado de la demanda, del inmueble sito en XXXX, en los términos de los arts. 477 y 478 del
CPCCBA, con el alcance de este último artículo en lo pertinente, con relación a
las circunstancias siguientes:
6.2 Identificación de la totalidad de los
ocupantes del inmueble, recabándoseles sus datos personales, filiatorios y
laborales;
6.1.2 Secuestro bajo inventario de los
instrumentos con que los intrusos pretendan acreditar la legitimación de la
ocupación;
6.2. Constatación del estado de salubridad,
habitabilidad, seguridad, higiene y mantenimiento como se encuentra el
inmueble.
6.3. A tales fines, pido se ordene
mandamiento de constatación autorizándose al oficial de justicia a requerir el
auxilio de la fuerza pública, allanar domicilios y emplear los servicios de
cerrajero para violentar cerraduras, candados, trabas, cerrojos, cadenas,
puertas, en caso necesario.
6.4. Ofrezco declaración testimonial. Se
cite a primera audiencia a los testigos …(nombre, ocupación, domicilio) a fin
que respondan al siguiente interrogatorio, con el objeto de probar el peligro
en la demora en desalojar e la finca.1) Por las generales de la ley; 2) Si
conoce el inmueble de la calle XXXX 3) Si sabe quién es el propietario del
citado inmueble; 4) Si ha observado la entrada de personas extrañas al mismo;
5) Si sabe y le consta cómo han ingresado los actuales ocupantes del inmueble
citado; 6) Si ha visto retirar objetos del inmueble; 7) Si ha observado
desmantelamientos en el inmueble; 8) Si conoce toda otra circunstancia respecto
al inmueble; 9) Me reservo el derecho de ampliar.
V. DERECHO.
Fundo el derecho que me asiste en lo
dispuesto por los arts. 1941, 1942, 1943, 1944, 1945 y conc. del CCyCN y lo
normado en el Libro IV, Título VII del CPCCBA y, especialmente su art. 676 bis,
jurisprudencia del fuero en la materia y unánime interpretación doctrinaria
favorable a la pretensa que se impetra.
VI. TRASLADO DE LA DEMANDA.
1. Como se dijo supra, en diversas
oportunidades, se ha intentado hablar con los intrusos, a fin de poder arribar
a alguna solución, pero debido a la peligrosidad de las personas que allí se
encuentran, ha resultado imposible entablar cualquier tipo de diálogo, habiendo
sido expulsados violentamente del lugar los distintos personeros que
comisionara a tales fines.
2. Ante tal perfil objetivo de los
demandados y del lugar donde debe llevarse a cabo la notificación del traslado
de la demanda, mi parte entiende que se impone –en el marco normativo vigente–,
extremar las medidas pertinentes tanto para ASEGURAR EL ÉXITO DE LA DILIGENCIA
JUDICIAL y consecuentemente evitar el dispendio témporo-procesal que su fracaso
lleva ínsito, cuanto para PRESERVAR LA INTEGRIDAD FÍSICA Y MORAL DE LOS
FUNCIONARIOS encargados de cumplirla.
3. Es por ello que a los fines señalados
supra –asegurar el éxito de la diligencia judicial, evitando el dispendio
témporo-procesal que su fracaso lleva ínsito y preservar la integridad física y
moral de los funcionarios–, mi parte entiende y así lo pido de V.S. que la
misma se lleve a cabo observando las pautas siguientes: 3.1. Se disponga
practicar la diligencia con expresa habilitación de día y hora inhábil. 3.2. A
los efectos de evitar que la diligencia peticionada se pudiere frustrar, mi
parte pide –de mantenerse tal situación–, se deje expresamente aclarado en la
cédula a librarse que: 3.2.1. La diligencia de notificación se llevará a cabo
en el inmueble sito en calle XXX. 3.2.2.
Que el inmueble donde debe diligenciarse la notificación se encuentra ubicado
entre las calles Rivadavia y España y el
inmueble se encuentra pintada de
marrón la parte de abajo, tiene tejido
en su frente 3.2.3. Para una mayor
ilustración del Sr. oficial notificador y a fin de permitir una mejor
individualización del inmueble referenciado, se adjuntará fotografías del
frente del inmueble, se acompaña copia de los mismos, las cuales formarán parte
inescindible de la cédula a librarse, imponiendo a los intrusos y demás
ocupantes del traslado de la demanda. 3.3. Se faculte al Sr. oficial
notificador A IDENTIFICAR A LOS OCUPANTES DE LA MORADA DONDE SE LLEVE A CABO LA
DILIGENCIA, recabándoles sus datos personales y EXIGIÉNDOLES LA EXHIBICIÓN DE
SUS DOCUMENTOS DE IDENTIDAD a cuyo fin el mencionado funcionario se encontrará
autorizado para requerir el auxilio de la fuerza pública, si fuere necesario, a
fin que le preste la DEBIDA ASISTENCIA EN EL ACTO DE LA DILIGENCIA Y CON
POSTERIORIDAD A LA MISMA, preservando su integridad física y moral. 3.4. A
efectos de cumplimentar lo peticionado precedentemente, se facultará al Sr.
oficial notificador a allanar domicilios, requerir los servicios de cerrajero,
violentar puertas, candados, cerrojos, trabas y cualesquier otros elementos, de
la naturaleza que fueren, que le impidieren cumplir su cometido; a tales fines
se encontrará también facultado para requerir el auxilio de la fuerza pública
si fuere necesario.
VII. RESERVA DEL CASO FEDERAL.
Formulo reserva de Caso Federal (art. 14
ley nacional 48) para el hipotético supuesto de que no se hiciere lugar a la
presente demanda, lo que se vulneraría mi derecho de defensa en juicio.
Asimismo hago reserva de interponer el recurso de inaplicabilidad de ley, para
el supuesto que se obtenga una resolución contraria a los antecedentes
jurisprudenciales citados.
VIII. COMPETENCIA.
V.S. es competente para entender en estos
actuados en virtud de lo establecido en el art. 5º inc. 3º del CPCCBA.
IX. PETITORIO.
Por lo expuesto de V.S. pido:
1. Se me tenga por presentado, parte y por
constituido el domicilio procesal.
2. Se tenga por promovido el presente
juicio de desalojo.
3. Se tenga por oblada la Tasa de Justicia,
por acompañado el bono verde del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos
Aires y, cumplido el Anticipo de Jus Previsional.
4. Se tenga presente la prueba acompañada y
ofrecida, peticionando su oportuna producción.
5. Trabada que fuera la litis, probado el
peligro en la demora y materializada la caución, se ordene el lanzamiento de la
totalidad de los ocupantes del inmueble sito en calle XXXX, disponiéndose la
entrega del mismo a la parte actora en los términos del art. 676 bis. del
CPCCBA.
6. . Oportunamente se dicte sentencia
haciéndose lugar a la acción incoada, con costas.
Tener presente lo expuesto y proveer de
conformidad.
SERÁ JUSTICIA.
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