Señor Juez
xxxxxx S/ CONCURSO PEQUEÑO a V.S digo:
I.- PERSONERÍA.
II.- OBJETO. PRONTO PAGO LABORAL. Que por el presente solicito el pronto pago
del crédito laboral por la suma de pesos xxxxx, emergente del despido sin
expresión de causa.
III. - CAUSA Y TITULOS
ACOMPAÑADOS.
Que en virtud de lo
establecido por la Ley 25.284, la que en su Art. 2 establece que la mencionada
norma tiene como objeto “Sanear el pasivo mediante una administración
fiduciaria proba, idónea, profesional y controlada judicialmente. d) Garantizar
los derechos de los acreedores a la percepción de sus créditos. e) Superar el
estado de insolvencia.” Y que en su
art. 15 lo obliga al Órgano Fiduciario “b) Adoptar durante la gestión todas las
medidas pertinentes, a fin de no generar nuevos pasivos, procediendo con la
prudencia y diligencia de un buen hombre de negocios.” No podemos dejar de
mencionar que el Órgano de Administración Fiduciario con la decisión de
despedir sin expresión de causa a varios trabajadores que tienen su crédito
laboral líquido por indemnización por despido, preaviso, integración del mes de
preaviso, vacaciones proporcionales y sueldo anual complementario proporcional,
ha agrandado sin necesidad el pasivo de la concursada y en base a ello se
solicita el PRONTO PAGO DE OFICIO que establece el art. 17 de la Ley 25.284.
Que, a fin de practicar
liquidación, se acompaña recibo de haberes de la trabajadora, donde se acredita
el Convenio Colectivo de Trabajo que se aplicó durante la relación laboral, la
categoría laboral desempeñada y la antigüedad del trabajador a fin de conocer
la remuneración que se tomará como base para el cálculo de los rubros
indemnizatorios.
Que teniendo en cuenta
la escala salarial vigente en el Convenio Colectivo de Trabajo xxxx al momento
del distracto laboral, que la trabajadora se desempeñaba en la categoría
Maestranza 5°y poseía veinticuatro años, tres meses y dieciocho días de
antigüedad en su puesto de trabajo, corresponde establecer la mejor
remuneración normal y habitual (MRNyH) sobre la cual se practicará liquidación
indemnizatoria:
Fecha de Ingreso:
Fecha de Egreso:
Antigüedad:
SUELDO BASICO Maestranza 5° Escala Salarial vigente al
ANTIGÜEDAD:
PRESENTISMO 10% S/BASICO DE CATEG.:
Total M.R.N. y H:
FALLO CIRIGNOLI (una doceavas partes mejor
sueldo):
Salario base de cálculo:
LIQUIDACION POR INDEMNIZACION
Indemnización por antigüedad:
Indemnización por preaviso:
Integración mes del despido:
Sueldo anual complementario proporcional:
DIAS TRABAJADOS:
Vacaciones Proporcionales:
Total:
IV. – PRIVILEGIO. Estas acreencias deben ser pagadas por el
concurso en los plazos legales y se entiende que son gastos del juicio, con la
preferencia del art 240 LCQ.
V. - PRONTO PAGO. Solicito Pronto pago en los términos del
artículo 17 de la ley 25284.
VI. – GRATUIDAD: Según
lo establecido en el art 16, 32 y sgts de la ley 24522, las causas laborales
están excluidas del arancel de créditos y gozan del beneficio de gratuidad.
VII. - PRUEBA. Se adjuntan los siguientes medios de prueba:
1.- DOCUMENTAL. Recibos de sueldo, Carta Poder, Escala
Salarial vigente al xxxx; Carta documento de despido, fotocopia de DNI del
actor.
2.- DOCUMENTAL EN PODER DE LA CONCURSADA.
Para el caso de desconocimiento de la remuneración que se atribuye el
trabajador, deberá la concursada adjuntar los últimos doce recibos de haberes
correspondientes al trabajador con la firma inserta del mismo.
3.- INFORMATIVA. En caso de desconocimiento
de la Carta Documento que instrumenta el despido se librará oficio al Correo
oficial de la República Argentina SA a fin que acredite la autenticidad de la
misma.
VIII.- PETITORIO. Por
lo expuesto solicito:
PRIMERO: Se me tenga por presentado, por
constituido el domicilio legal y electrónico;
SEGUNDO: Se determine la legitimidad del
crédito peticionado;
TERCERO: Se corra vista a la Sindicatura
del pedido de PRONTO PAGO;
CUARTO: Se ordene el pago de las sumas
debidas al trabajador por el despido sin expresión de causa cursado
Proveer de conformidad que,
SERA
JUSTICIA
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